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Meta Global GBF-T05

Garantizar la cosecha y el comercio sostenible, seguros y legales de especies silvestres.

Describir brevemente las principales medidas adoptadas para aplicar la meta

La principal medida adoptada por Chile para avanzar hacia el comercio legal, seguro y sostenible de especies silvestres corresponde a la promulgación de la Ley N° 20.962 (2016), que establece la aplicación nacional de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Esta normativa regula las obligaciones del país en materia de control del comercio internacional de especies incluidas en los Apéndices de la Convención, estableciendo procedimientos administrativos, requisitos de certificación y sanciones administrativas y penales frente al comercio ilegal.

La ley permite el comercio únicamente bajo las condiciones establecidas por la CITES y contempla medidas para fiscalizar la importación, exportación y reexportación de especímenes, partes y derivados, contribuyendo a prevenir el tráfico ilícito y asegurar la trazabilidad del comercio internacional. Asimismo, establece obligaciones para acreditar el origen legal de los especímenes y tipifica delitos asociados al comercio ilegal de especies protegidas.

Si bien esta normativa fue promulgada en 2016 y constituye el principal marco legal vigente para abordar el comercio internacional de especies silvestres en el país, actualmente no se han registrado avances regulatorios significativos adicionales directamente vinculados a esta meta, por lo que continúa siendo la base institucional principal para la implementación de acciones alineadas con el objetivo global GBF-T05.

Referencias:

https://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/convencion-cites

Indicar el nivel actual de progresos en el logro de la meta

Se ha avanzado hacia la meta pero a un ritmo insuficiente

Resumir los progresos hacia el logro de la meta, incluyendo los principales resultados logrados

En el país, la aplicación de CITES se basa en una estructura institucional que incluye autoridades administrativas, científicas y de observancia. Entre las autoridades administrativas participan el Servicio Agrícola y Ganadero (fauna terrestre), el Ministerio de Agricultura (flora), el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (fauna hidrobiológica) y el Ministerio de Relaciones Exteriores como entidad coordinadora. Las autoridades científicas -como el Museo de Historia Natural de Valparaíso, el Instituto Forestal y centros académicos especializados- asesoran la evaluación del riesgo comercial y la identificación de especies, mientras que organismos de observancia como Aduanas, Policía de Investigaciones y Carabineros apoyan la fiscalización y control del comercio ilegal.

La normativa vigente establece, entre otras atribuciones, la obligación de acreditar el origen legal de los ejemplares comercializados, la tipificación del delito de comercio ilegal de especies protegidas y la definición de sanciones administrativas y penales. Asimismo, regula el destino de ejemplares incautados, permitiendo su uso con fines científicos o educativos en instituciones especializadas.

Si bien este marco normativo constituye la principal base institucional para avanzar hacia el cumplimiento del objetivo global GBF-T05, y ha permitido fortalecer el control del comercio internacional de especies amenazadas, corresponde a una medida adoptada hace varios años y continúa siendo el principal instrumento regulatorio vigente asociado a esta meta en Chile.

Referencia: https://www.bcn.cl/historiadelaley/historia-de-la-ley/vista-expandida/5855/

Resumir los desafíos clave encontrados y los diferentes enfoques que podrían adoptarse para continuar con la aplicación

Proporcionar ejemplos o casos para ilustrar la eficacia de las medidas adoptadas para aplicar la meta. proporcionar hipervínculos pertinentes o adjuntar materiales o publicaciones relacionados, según sea necesario

Describir brevemente cómo se relaciona la aplicación de la meta con los progresos en el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados y sus metas asociadas, y la aplicación de otros acuerdos relacionados.

La implementación de la meta GBF-T05 en Chile contribuye directamente al ODS 15 (Vida de ecosistemas terrestres), especialmente la meta 15.7 sobre la erradicación del tráfico ilegal de especies.

También contribuye al ODS 14 (Vida submarina) en lo relativo al aprovechamiento sostenible de recursos hidrobiológicos.

Asimismo, el fortalecimiento de los sistemas de control, certificación y fiscalización del comercio internacional de especies silvestres aporta al ODS 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas) mediante el refuerzo del estado de derecho y la reducción de actividades ilícitas asociadas al tráfico de biodiversidad.