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Meta Nacional II.23

Al 2027 se amplía la cobertura de normas de calidad ambiental, incorporando al menos 3 desde el año 2023, y al 2030 se inician 4 nuevos procesos de normas y planes para reducir los impactos sobre la biodiversidad en ecosistemas acuáticos: marinos, costeros y continentales.

Describir brevemente las principales medidas adoptadas para aplicar la meta

Para cumplir con la ampliación de cobertura de Normas de Calidad Ambiental y reducir impactos en ecosistemas acuáticos, el Estado ha avanzado en la Promulgación de Normas Secundarias (NSCA) en Cuencas Prioritarias.

Se han tramitado normas para dotar de protección específica a ecosistemas bajo presión hídrica y de alto valor ecológico, para garantizar además la seguridad hídrica.

El plan de Acción de la Estrategia Nacional de Biodiversidad, incorpora las siguientes acciones (medidas), que serán desarrolladas entre 2025 y 2030:

Indicar el nivel actual de progresos en el logro de la meta

Bien encaminados para alcanzar la meta.

El nivel actual de progreso para el logro de la meta es alto. Entre enero de 2023 y enero de 2025, se han publicado en el Diario Oficial tres nuevas Normas Secundarias de Calidad Ambiental (NSCA):

La publicación de las NSCA, permite el cumplimiento del hito dos años antes del plazo límite (2027). Respecto al compromiso al 2030, la norma secundaria para la protección de las aguas de la cuenca del río Huasco se encuentra en etapa de "Tramitación Final" y existen en total siete anteproyectos avanzados para macro-zonas lacustres (ver detalle de normas en el siguiente enlace).

Resumir los progresos hacia el logro de la meta, incluyendo los principales resultados logrados

Para cumplir con la ampliación de cobertura de Normas de Calidad Ambiental y reducir impactos en ecosistemas acuáticos, el Estado ha avanzado en la Promulgación de las siguientes Normas Secundarias (NSCA) en Cuencas Prioritarias:

Ciudad/ComunaTipo de AguaDecreto Supremo (DS)Año Publicación
Cuenca Río ValdiviaContinentalD.S. 212025
Bahía de Quintero - PuchuncavíMarinoD.S. 432024
Cuenca Río AconcaguaContinentalD.S. 412023
Cuenca Río BiobíoContinentalD.S. 92015
Cuenca Río MaipoContinentalD.S. 532013
Lago VillarricaContinentalD.S. 192013
Lago LLanquihueContinentalD.S. 1222010
Cuenca Río SerranoContinentalD.S. 752009

Respecto al inicio de nuevos procesos de normas y planes para reducir los impactos sobre la biodiversidad en ecosistemas acuáticos, existe un proyecto en proceso de Tramitación Final (norma secundaria para la protección de las aguas de la cuenca del río Huasco), siete anteproyectos para macro-zonas lacustres, ecosistemas marinos y continentales, y un proceso en etapa de estudios previos. Además, el Plan de Descontaminación del Lago Villarrica se encuentra en proceso de tramitación final, mientras que el Plan de prevención y descontaminación de la cuenca del río Maipo, está en elaboración de su anteproyecto.

Proyecto/CuencaTipoEstado actual del Proceso
Cuenca Río HuascoContinentalTramitación Final
Cuenca Río RahueContinentalElaboración de Anteproyecto
Cuenca Río MataquitoContinentalElaboración de Anteproyecto
Cuenca Río RapelContinentalElaboración de Anteproyecto
Cuenca Río ElquiContinentalElaboración de Anteproyecto
Lagos Nor-PatagónicosContinentalElaboración de Anteproyecto
Lago LanalhueContinentalInicio (Estudios previos)
Bahía de MejillonesMarinoElaboración de Anteproyecto
Golfo de AraucoMarinoElaboración de Anteproyecto
Cuenca Río Maipo - Plan de descontaminaciónContinentalElaboración de Anteproyecto
Cuenca del Lago Villarrica - Plan de descontaminaciónContinentalTramitación final

La ampliación de la cobertura normativa ha permitido la reducción de impactos en ecosistemas críticos, permitiendo que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) pueda fiscalizar el estado de protección de la biodiversidad acuática a través de estos instrumentos de gestión ambiental.

A continuación, se describen las 3 normas secundarias vigentes desde 2023:

Cuenca del Río Aconcagua (D.S. N° 41, publicado el 16 de febrero de 2023):

Primera norma del periodo. Protege una cuenca crítica para la agricultura y el consumo humano en Valparaíso. Establece 16 áreas de vigilancia en una cuenca con déficit hídrico estructural. Regula parámetros como Oxígeno Disuelto y Cloruros.

Bahía de Quintero y Puchuncaví (D.S. N° 43, publicado el 06 de mayo de 2024):

Es el primer instrumento secundario marino en Chile que regula la calidad en sedimentos. Introduce tablas específicas para metales (Arsénico, Cadmio, Cobre) en el fondo marino, abordando directamente la contaminación histórica en una zona altamente industrializada.

Cuenca del Río Valdivia (D.S. N° 21, publicado el 13 de enero de 2025):

Protege una red fluvial que incluye un Santuario de la Naturaleza (SN Carlos Anwandter). Establece límites estrictos de nutrientes para evitar la eutrofización y otros procesos que podrían degradar el ecosistema, resguardando la biodiversidad que alberga el Santuario.

Resumir los desafíos clave encontrados y los diferentes enfoques que podrían adoptarse para continuar con la aplicación

Los tiempos administrativos para el desarrollo de los planes demoran y limitan la posibilidad de concretar acuerdos público-privados para mejorar el desempeño ambiental, se pierden estudios y se desactualiza la información cuando los procesos se extienden por varios años. Sin embargo, la promulgación de la Ley Marco de Cambio Climático N°21.455, condiciona la elaboración de los planes a 4 años, situación que viene a ajustar dicha brecha.

Proporcionar ejemplos o casos para ilustrar la eficacia de las medidas adoptadas para aplicar la meta. proporcionar hipervínculos pertinentes o adjuntar materiales o publicaciones relacionados, según sea necesario

Ecosistemas Marinos y Sedimentos (D.S. 43, 2024).

La norma de la Bahía de Quintero ilustra la eficacia de modernizar la regulación. Antes de 2024, se aplicaban normas genéricas o de referencia. Con el D.S. 43, se establecen límites específicos para metales pesados en el sedimento, atacando el problema de la "bioacumulación" histórica en el fondo marino, algo que ninguna norma anterior (ni primaria ni de emisión) abordaba.

D.S. N° 19/2013 (Norma Secundaria) y posterior Declaración de Zona Saturada (2019) en lago Villarrica.

La existencia de la norma permitió a la SMA constatar científicamente el incumplimiento de esta, mediante campañas de monitoreo, revelando que los niveles de Clorofila "a", fósforo disuelto y transparencia exceden lo permitido para la conservación de la biodiversidad. Sin la norma, la eutrofización (aumento de algas) habría carecido de peso legal. Este diagnóstico activó la elaboración del Plan de Descontaminación (PDA), demostrando que la norma es el prerrequisito indispensable para iniciar la recuperación ecosistémica.

Describir brevemente cómo se relaciona la aplicación de la meta con los progresos en el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados y sus metas asociadas, y la aplicación de otros acuerdos relacionados.

La Meta Nacional II.23 “Meta Nacional II.23 Al 2027 se amplía la cobertura de normas de calidad ambiental, incorporando al menos 3 desde el año 2023, y al 2030 se inician 4 nuevos procesos de normas y planes para reducir los impactos sobre la biodiversidad en ecosistemas acuáticos: marinos, costeros y continentales” se relaciona con los ODS 6; ODS 14; ODS 15.

ODS 6: Agua limpia y saneamiento

ODS 14: Vida Submarina

ODS 15: Vida terrestre